julio 06, 2008

El servicio de consulta y acreditar o registrar al investigador

Hasta hace un tiempo era común escuchar que los investigadores debían obtener una credencial, tarjeta o carnet de investigador que los acreditara ante dependencias de archivos para poder realizar las actividades que les ocupaban.
No obstante ello, era normal que debieran comunicar también toda la información requerida acerca del uso de la documentación e información consultada, finalidad de la investigación, etc.
Las dependencias en todo caso, controlaban al investigador y su actividad.
Un tanto rigurosa y un tanto intimidante.
Actualmente esa tendencia se invierte.
En algunos ámbitos ha dejado de usarse pero también se han impulsado normas que habilitan sin demasiadas restricciones el acceso a la información pública.
Los niveles de accesibilidad, los criterios más técnicos utilizados en la determinación de la misma, en gran parte como método archivístico, han favorecido la investigación.
Las nuevas formas reprográficas que permiten una difusión casi gratuita del Patrimonio Documental y los sistemas electrónicos de comunicación han hecho el gran aporte a esta escalada de acceso documental informativo.
No obstante surgen nuevos controles, acerca de la utilidad, quienes, etc., pero con otro criterio, el control de los servicios de consulta, el análisis de la demanda de información y el tan vapuleado mercadeo y la apertura del servicio a potenciales usuarios y usos.
Reversible, un mismo sistema sirve para dos fines opuestos, el control de la investigación por un lado y el control del servicio para su optimización por el otro.
La gran diferencia, la interpretación de la lectura y el uso de la información.