febrero 13, 2008

REGLAMENTO DE ARCHIVO ADMINISTRATIVO


REGLAMENTO DEL ARCHIVO GENERAL ADMINISTRATIVO DEL AYUNTAMIENTO DE GRANADA

Resumen: El Ayuntamiento de Granada, por decreto 17 de julio de 1996, procedió a dividir el archivo municipal en: Archivo General Administrativo, que pasó a depender de la Delegación de Presidencia, y Archivo Histórico, adscrito a la Delegación de Cultura.
El presente reglamento fija las competencias y normas de funcionamiento del Archivo General Administrativo como órgano municipal encargado de la gestión y tratamiento de la documentación, custodia y conservación de la misma hasta los 30 años de antigüedad, etapa a partir de la cual sólo los documentos que tengan valor informativo y cultural pasarán a formar parte del Archivo Histórico.
El Ayuntamiento de Granada está obligado legalmente a conservar su documentación debidamente organizada y descrita, con el fin de lograr una gestión administrativa cada vez más transparente y eficaz, que posibilite a los ciudadanos el derecho de acceso a la información municipal.
El servicio de archivo es el órgano especializado del Ayuntamiento en la gestión y tratamiento de la documentación.
El objetivo principal de este reglamento es regular el funcionamiento interno de este servicio, su relación con las distintas unidades administrativas municipales, y las condiciones de acceso a su documentación por los usuarios.